sábado, 25 de abril de 2015

derechos de los pacientes

Carta de los derechos generales de los pacientes


 
 
  • cuyo fundamento legal y explicación están contemplados en diferentes ordenamientos jurídicos que se expone a continuación:

 

1. Recibir atención médica adecuada

 
 
El paciente tiene derecho a que la atención médica
 
se le otorgue por personal preparado de acuerdo
 
con las necesidades de su estado de salud y
 
las circunstancias en que se brinda la atención;
 
así como a ser informado cuando sea
 
necesario enviarlo a otro médico.

 


2.-Recibir trato digno y respetuoso:

 
 
 
el respecto hacia el paciente es primero
El paciente   tiene derecho a que el médico

y el personal que le brindan atención médica,

se identifiquen y le otorguen un trato digno,

con respeto a sus convicciones personales

y morales, principalmente las relacionadas

con sus condiciones socioculturales, de

género, de pudor y a su intimidad, cualquiera

que sea el padecimiento que presente, y este

trato se haga extensivo a los familiares o

acompañantes.

 
 
 

3. Recibir información suficiente, clara, oportuna  y veraz:

 El paciente, o en su caso el responsable,
tiene derecho a que el médico tratante le
brinde información completa sobre el diagnóstico,
pronóstico y tratamiento; a que esta
información se le proporcione siempre en forma
clara, comprensible con oportunidad, con
el fin de favorecer el conocimiento pleno del
estado de salud del paciente, y sea siempre
veraz, ajustada a la realidad.
 
 

 
 
 

 

4. Decidir libremente sobre su atención:


El paciente o en su caso el responsable, tiene

derecho a decidir con libertad, de manera
personal y sin ninguna forma de presión, a
rechazar o aceptar cada procedimiento diagnóstico
o terapéutico ofrecido, así como el
uso de medidas extraordinarias de supervivencia
en enfermedades terminales.
 
 

6. Ser tratado con confidencialidad:


 

 
 
El paciente tiene derecho a que toda la información
expresada a su médico sea manejada con estricta
confidencialidad, y se divulgue exclusivamente
con la autorización expresa de su
parte, incluso la que derive de un estudio de
investigación al cual se haya sujetado de
manera voluntaria, lo cual no limita la obligación
del médico de informar a la autoridad
en los casos previstos por la ley.
 
 
 

7. Contar con facilidades para obtener una segunda opinión:


El paciente tiene derecho a recibir por escrito la información necesaria

para obtener una segunda opinión sobre el
diagnóstico, pronóstico o tratamiento relacionado
con su estado de salud.
 
 

 

 
 
 
 
 



Unidad de Congresos Centro Médico Nacional / convoc.

 





 

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